Citizenship Guides
Años de residencia exigidos (10, 5, 2 o 1), exámenes CCSE y DELE A2, documentación, solicitud electrónica ante el Ministerio de Justicia, resolución y jura.
La nacionalidad española por residencia es la vía por la que la mayoría de extranjeros se convierten en españoles. Exige un periodo de residencia legal, la superación de dos exámenes del Instituto Cervantes y un expediente ante el Ministerio de Justicia que termina con la jura ante el Registro Civil. Esta guía recorre el proceso completo en orden, con los plazos reales y los errores que más retrasan las solicitudes.
La residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. El número de años depende de tu situación:
Cuenta solo la residencia con autorización (tarjeta de residencia, certificado de registro de ciudadano de la UE). Los años como estudiante con estancia, no residencia, no computan en la mayoría de los casos. Las ausencias prolongadas fuera de España pueden romper la continuidad; guarda los billetes y sellos si viajas mucho.
Ambos los organiza el Instituto Cervantes y los certificados tienen validez limitada, así que planifica las fechas.
Haz primero el DELE si lo necesitas: tiene menos convocatorias y los resultados tardan más. El CCSE se puede encajar después.
La lista exacta varía según el caso, pero el núcleo es el mismo:
El error más común: presentar antecedentes penales o certificados de nacimiento caducados o sin apostilla. Reúne primero los documentos extranjeros, porque son los lentos, y deja para el final los españoles.
La solicitud se presenta electrónicamente en la sede del Ministerio de Justicia, con certificado digital o Cl@ve, directamente o a través de un abogado, gestor o procurador habilitado. Se sube cada documento escaneado y se obtiene un número de expediente. Desde ese momento puedes consultar el estado en la sede electrónica.
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Empezar el test CCSE gratuitoEl Ministerio revisa el expediente, pide informes (Policía, Registro Civil) y puede requerirte documentación adicional; responde a los requerimientos dentro del plazo o el expediente se archiva. El plazo legal de resolución es de un año desde que la solicitud está completa; en la práctica los tiempos son más largos y varían según la carga de trabajo. Transcurrido un año sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, lo que abre la vía del recurso, aunque muchos expedientes se resuelven favorablemente después.
La resolución llega por notificación electrónica. Si es favorable, tienes 180 días para el siguiente paso.
Con la concesión, pides cita en el Registro Civil de tu domicilio para la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes. En ese acto, si tu país no tiene convenio de doble nacionalidad, se declara la renuncia a la nacionalidad anterior (los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia conservan la suya). Tras la inscripción en el Registro Civil ya eres español y puedes solicitar el DNI y el pasaporte.
El proceso en inglés, con las vías distintas a la residencia (opción, carta de naturaleza, origen), está en How to become a Spanish citizen. Los otros exámenes europeos se comparan en European citizenship exams compared. CivicPass, gratis en iOS y Android, cubre el temario completo del CCSE con más de 1.000 preguntas, simulacros cronometrados y seguimiento de tus áreas débiles; empieza por el quiz online del CCSE.
Diez años de residencia legal y continuada como regla general. Cinco para refugiados. Dos para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes. Un año para quienes han nacido en España, están casados con un español desde hace al menos un año, o tienen otros vínculos previstos en la ley.
El CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales) para todos los mayores de 18 años, y el DELE A2 o superior de español, salvo para nacionales de países hispanohablantes o quienes cursaron la educación obligatoria en España.
El plazo legal es de un año desde que el expediente está completo; en la práctica suele ser más largo. Si pasa un año sin respuesta se entiende desestimada por silencio administrativo, lo que permite recurrir, pero la mayoría de los expedientes se resuelven favorablemente más tarde.
En general sí, salvo para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia, que conservan su nacionalidad. La renuncia se declara en la jura ante el Registro Civil.